El juez estima que su intención era cuidarla, pero carecían de nociones
Se les acusaba de maltrato animal y abandono,
pero el juez ha determinado que no se dan los requisitos penales para
condenarlos. En el banquillo se sentaron un pontevedrés, que a
principios de octubre fue visto por policías locales arrastrando a una
yorkshire terrier para cruzar un paso de cebra, y la madre de su
compañera, propietaria del animal.
En el caso de esta se la acusaba de no haber impedido que sufriese una «infestación de pulgas».
Ambos han sido absueltos. El juez considera
verosímiles las explicaciones que dio la mujer y que pusieron de
manifiesto que carecía de nociones para cuidar un can. Así, manifestó
que «mercou produtos ineficaces pero publicitados como
dirixidos a este problema, e os aplicou para, na ignorancia dos
improcedente dese comportamento, acto seguido lavar a cadela».
Con esta actitud, la mujer lo único que logró fue eliminar «os xa escasos efectos dos productos empregados». Consecuentemente, en un período corto de tiempo, se agravó la presencia de pulgas en la perra.
A la vista de esto, el juez viene a concluir que
la demandada pecó de ingenua, así como que fue la ignorancia a la hora
de cuidar a su mascota la que determinó que sus acciones «foran non só ineficaces, senón prexudiciais»
Añade, en este sentido, que «é
unha magoa que unha persoa que ten esa intención de coidado dun animal
doméstico non teña os coñecimentos para darlle ese coidado».
En cuanto a su yerno, en la sentencia se recuerda
que el Código Penal castiga a aquellos que causen la muerte o lesiones
graves con un maltrato injustificado. En el caso concreto del
pontevedrés, si bien arrastró a la perra, no le causó daño alguno. Alegó
que su acción respondió a que el animal se puso en actitud pasiva por
miedo o capricho.
http://www.lavozdegalicia.es/noticia/pontevedra/2012/10/26/absueltos-maltratar-perra-ignorancia/0003_201210P26C8991.htm